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Asiento contable de la liquidación mensual del IGV y el pago a cuenta del impuesto a la renta

Cada mes la empresa presenta a SUNAT la declaración del IGV y del pago a cuenta del impuesto a la renta (formulario 621). El IGV que se paga es la diferencia entre el IGV de las ventas (débito fiscal) y el de las compras (crédito fiscal). El pago a cuenta es un adelanto del impuesto a la renta del año.

El caso

En octubre la empresa, del régimen general, vendió S/ 50 000 más IGV (S/ 9 000) y compró S/ 30 000 más IGV (S/ 5 400). Las ventas y las compras ya se registraron en su momento, así que la cuenta 40111 IGV - Cuenta propia quedó así:

40111 IGV - Cuenta propiaDEBEHABER
IGV de las compras (crédito fiscal)5,400.00
IGV de las ventas (débito fiscal)9,000.00
Saldo acreedor: IGV por pagar3,600.00

Como el Haber es mayor, la empresa le debe a SUNAT S/ 3 600 de IGV. Para la liquidación no hace falta un asiento: el saldo ya está en la 40111. Solo se registra el pago.

Asiento por el pago del IGV

CÓDIGODetalleDEBEHABER
40TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR3,600.00
401Gobierno central
4011Impuesto general a las ventas
40111IGV - Cuenta propia
10EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO3,600.00
104Cuentas corrientes en instituciones financieras
1041Cuentas corrientes operativas
x/x Por el pago del IGV de octubre

Si el saldo de la 40111 hubiera sido deudor (más IGV de compras que de ventas), no se paga nada: ese saldo a favor se usa el mes siguiente.

Pago a cuenta del impuesto a la renta

En el régimen general el pago a cuenta es el 1,5 % de los ingresos netos del mes, o un coeficiente si la empresa tuvo impuesto el año anterior. Con el 1,5 %: S/ 50 000 × 1,5 % = S/ 750. En el Régimen MYPE Tributario es el 1 % mientras los ingresos del año no pasen de 300 UIT.

CÓDIGODetalleDEBEHABER
40TRIBUTOS, CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR750.00
401Gobierno central
4017Impuesto a la renta
40171Renta de tercera categoría
10EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO750.00
104Cuentas corrientes en instituciones financieras
1041Cuentas corrientes operativas
x/x Por el pago a cuenta del impuesto a la renta de octubre

El pago a cuenta no es gasto. Se carga a la 40171 y deja un saldo deudor, que es un adelanto: al cierre del año, cuando se calcula el impuesto anual, los pagos a cuenta se descuentan de lo que hay que pagar. Lo puedes ver en el asiento del impuesto a la renta anual.

Cosas que suelen preguntar

  • Los dos pagos se hacen juntos, en el mismo formulario 621, según el cronograma de SUNAT (por el último dígito del RUC).
  • Si un cliente te retuvo IGV o pagaste percepciones, esos montos se descuentan del IGV a pagar.
  • Ni el IGV ni el pago a cuenta llevan asiento de destino, porque no son gastos.

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